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viernes, 1 de julio de 2011

SANCIONES DEL TRIBUNAL DE PENAS : LEONES vs MATIENZO



EXPTE 36/2011 Club Deportivo Leones vs Matienzo (M.Buey), s/suspensión partido
Y VISTO ...

Estos autos caratulados "Club Deportivo Leones vs. Matienzo 1ra. Div. - Suspensión de Partido", expte. 36/2011 de fecha veintiocho de junio de 2011, de los que resulta que a fs. 1 obra informe del Arbitro que reza:

"Cuando transcurrían 89 minutos de juego, debo detener el encuentro luego de que se convalida un gol al equipo visitante, debido a que los jugadores del Club Leones le protestan al Arbitro Asistente n° 2, Sr. Salvatori Luis.

Dicha desición, cabe aclarar que el Sr. Salvatori me informa que no recibió agresión alguna. Minutos después la Policía encargada del Operativo de seguridad retira a la parcialidad visitante para evitar enfrentamientos entre ambas hinchadas.

Luego de diez minutos (aprox.) reanudo el encuentro adicionando 4 minutos al reglamentario a partir de ese instante.

Cuando se jugaban 3 minutos a los adicionados y solo quedaba uno por jugar del sector
donde se encontraba la parcialidad del club local le arrojan al Sr. Salvatori un "cascote" de piedra bastante grande que pasa por el lado de su cabeza debido a ello y para evitar que consigan agredir al árbitro asistente n° 2 decido suspender el encuentro ya que no había garantías de que dejaran de arrojar elementos contundentes". Fdo. Martin R. Sandoval. Que a fs. 3 obra informe que reza: "Cuando transcurrían 89 min. de juego, luego de convalidar un gol a favor del Club Matienzo los jugadores del club local me van a protestar de mala manera y a empujones siendo potegido por la fuerza policial. Luego de 10 minutos de estar detenido el juego y encontrándome bien fisicamente decidimos reanudar el juego. Y a los 3 min. me arrojan una piedra de gran tamaño cerca de mi cabeza decido comunicarle al árbitro de lo sucedido y decide suspender el encuentro". Fdo. Luis Salvatori. A fs. 5, obran dos (2) videos remitidos por el Club Deportivo Leones. A fs. 8 obra descargo formulado por el Club Matienzo. A fs. 9/13 obra descargo formulado por el Club Deportivo Leones.

Y CONSIDERANDO ...Que de los informes transcriptos en los vistos de la presente, se desprende que el árbitro del encuentro decidió suspender el partido por falta de garantías cuando restaba jugarse un (1) solo minuto de los adicionados. Que requerido informe a la Policía de Leones, éste no fue evacuado dado que ha transcurrido el tiempo preestablecido sin que haya sido arrimado a esta Sede.

De este modo, diremos que no existe prueba en autos que enerve la fuerza probatoria del informe producido por el árbitro.

Sobre el particular, diremos que a éste Tribunal le está vedado adentrarse en las cuestiones técnicas sobre la forma y condiciones en que el árbitro desempeñó sus funciones, motivo éste que releva al Tribunal de mayores comentarios al respecto, dejando la materia como de resorte del Colegio de Arbitros u Organismo que los nuclee y deba entender sobre la cuestión. Que no obstante la suspensión del partido, éste Tribunal entiende como razonable y ajustado al espíritu del Reglamento de Transgresiones y Penas, dar por finalizado el encuentro.

Por último debemos decir que la actitud de la parcialidad local, lo hace incurrir en la acción prevista por el art. 80 inc. b, del R.T.P.

SE RESUELVE ...

I.-

Dar por finalizado el encuentro entre los clubes de primera división de Deportivo Leones y Matienzo de Monte Buey, disputado el día 26 de junio de 2011, con el resultado que se registraba en el momento de la suspensión , art. 32 y 33 del R.T.P. (3 goles para Matienzo y 2 goles para Deportivo Leones).

II.-

Sancionar al Club Deportivo Leones, con la pena de multa de dos fechas de v.e.
reales (precio de venta al público) de 80 entradas por fecha, total 160 entradas, por violación art. 80 inc. "b", 32 y 33 del R.T.P.-
Sancionar con una fecha de suspensión por violación al art. 208 (5 amarillas)
Jug.: PACCUSSI GONZALO MIGUEL Carnet: 03001 Club: MATIENZO (M.B.) .-PRIMERA A.

INFO: EL DEPOR DIGITAL

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